"SENTIMIENTOS DE LA NACIÓN"
14 DE SEPTIEMBRE DE 1813
https://www.youtube.com/watch?v=7_rNE_NMdcY
"Sentimientos de la Nación"
"CONSTITUCIÓN DE APATZINGÁN"
22 DE OCTUBRE DE 1814
Casa donde fue firmada la Constitución de Apatzingán de 1814.
"Sentimientos de la Nación"
14 de
septiembre de 1813
1. Que la
América es libre e independiente de España y de toda otra Nación, Gobierno o
Monarquía, y que así se sancione, dando al mundo las razones.
2. Que la
religión Católica sea la única, sin tolerancia de otra.
3. Que todos sus ministros se sustenten de todos,
y solos los Diezmos y primicias, y el Pueblo no tenga que pagar más obvenciones
que las de su devoción y ofrenda.
4. Que el
Dogma sea sostenido por la jerarquía de la Iglesia, que son el Papa, los
Obispos y los Curas por qué se debe arrancar toda planta que Dios no plantó:
omnis plantatis quam nom plantabit Pater meus Celestis Cradicabitur [Todo lo
que Dios no plantó se debe arrancar de raíz]. Mat. Cap. XV.
5. Que la
Soberanía dimana inmediatamente del Pueblo, el que sólo quiere depositarla en
sus representantes dividiendo los Poderes de ella en legislativo, ejecutivo y
judiciario, eligiendo las Provincias sus vocales, y estos a los demás, que
deben ser Sujetos sabios y de probidad.
6. [En el
original de donde se tomó esta copia —1881— no existe el artículo de este
número. En otras ediciones, parte del número cinco pasa a formar el número
seis:
“Que los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial estén divididos en los cuerpos compatibles para ejercerlos”].
“Que los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial estén divididos en los cuerpos compatibles para ejercerlos”].
7. Que
funcionarán cuatro años los vocales, turnándose saliendo los más antiguos para
que ocupen el lugar los nuevos electos.
8. La
dotación de los vocales, será una congrua suficiente y no superflua, y no pasará por ahora de ocho mil pesos.
9. Que los
empleos los obtengan sólo los Americanos.
10. Que no se
admitan extranjeros, si no son artesanos capaces de instruir, y libres de toda
sospecha.
11. Que la
Patria no será del todo libre y nuestra, mientras no se reforme el Gobierno,
abatiendo el tiránico, sustituyendo el liberal y echando fuera de nuestro suelo
al enemigo Español, que tanto se ha declarado contra esta Nación.
12. Que como
la buena Ley es Superior a todo hombre, las que dicte nuestro Congreso deben
ser tales que obliguen a constancia y patriotismo, moderen la opulencia y la
indigencia, y de tal suerte se aumente el Jornal del pobre, que mejoren sus
costumbres, aleje la ignorancia, la rapiña y el hurto.
13. Que las
Leyes generales comprendan a todos, sin excepción de Cuerpos privilegiados, y
que estos sólo lo sean en cuanto al uso de su ministerio.
14. Que para
dictar una ley se discuta en el Congreso, y decida a pluralidad de votos.
15. Que la
esclavitud se proscriba para siempre, y lo mismo la distinción de Castas,
quedando todos iguales, y sólo distinguirá a un Americano de otro el vicio y la
virtud.
16. Que
nuestros Puertos se franqueen a las Naciones extranjeras amigas, pero que éstas
no se internen al Reino por más amigas que sean, y sólo haya Puertos señalados
para el efecto, prohibiendo el desembarco en todos los demás señalando el 10 p
100 u otra gabela a sus mercancías.
17. Que a cada uno se le guarden las propiedades y respete en su casa como en un asilo sagrado señalando penas a los infractores.
18. Que en la nueva Legislación no se admitirá la Tortura.
19. Que en la misma se establezca por ley Constitucional la celebración del día 12 de Diciembre en todos los Pueblos, dedicando a la Patrona de nuestra libertad María Santísima de Guadalupe, encargando a todos los pueblos la devoción mensual.
20. Que las tropas extranjeras o de otro Reino no pisen nuestro Suelo, y si fuere en ayuda no estarán donde la Suprema Junta.
21. Que no hagan expediciones fuera de los límites del Reino, especialmente ultramarinas, pero [se autorizan las] que no son de esta clase, [para] propagar la fe a nuestros hermanos de tierra adentro.
22. Que se quite la infinidad de tributos pechos e imposiciones que más agobian, y se señale a cada individuo un cinco por ciento en sus ganancias, ú otra carga igual ligera, que no oprima tanto, como la Alcabala, el Estanco, el tributo y otros, pues con esta corta contribución, y la buena administración de los bienes confiscados al enemigo podrá llevarse el peso de la Guerra y honorarios de empleados.—Chilpancingo 14 de septiembre de 1813.—José María Morelos (rúbrica).
23. Que igualmente se solemnice el día 16 de Septiembre todos los años, como el día Aniversario en que se levantó la voz de la independencia y nuestra Santa libertad comenzó, pues en ese día fue en el que se abrieron los labios de la Nación para reclamar sus derechos y empuñó la espada para ser oída, recordando siempre el mérito del grande Héroe, el Sr. D. Miguel Hidalgo y su Compañero D. Ignacio Allende. Respuestas en 21 de Noviembre de 1813, y por tanto quedan abolidas estas, quedando siempre sujeto al parecer de S.A. Serenísima.
17. Que a cada uno se le guarden las propiedades y respete en su casa como en un asilo sagrado señalando penas a los infractores.
18. Que en la nueva Legislación no se admitirá la Tortura.
19. Que en la misma se establezca por ley Constitucional la celebración del día 12 de Diciembre en todos los Pueblos, dedicando a la Patrona de nuestra libertad María Santísima de Guadalupe, encargando a todos los pueblos la devoción mensual.
20. Que las tropas extranjeras o de otro Reino no pisen nuestro Suelo, y si fuere en ayuda no estarán donde la Suprema Junta.
21. Que no hagan expediciones fuera de los límites del Reino, especialmente ultramarinas, pero [se autorizan las] que no son de esta clase, [para] propagar la fe a nuestros hermanos de tierra adentro.
22. Que se quite la infinidad de tributos pechos e imposiciones que más agobian, y se señale a cada individuo un cinco por ciento en sus ganancias, ú otra carga igual ligera, que no oprima tanto, como la Alcabala, el Estanco, el tributo y otros, pues con esta corta contribución, y la buena administración de los bienes confiscados al enemigo podrá llevarse el peso de la Guerra y honorarios de empleados.—Chilpancingo 14 de septiembre de 1813.—José María Morelos (rúbrica).
23. Que igualmente se solemnice el día 16 de Septiembre todos los años, como el día Aniversario en que se levantó la voz de la independencia y nuestra Santa libertad comenzó, pues en ese día fue en el que se abrieron los labios de la Nación para reclamar sus derechos y empuñó la espada para ser oída, recordando siempre el mérito del grande Héroe, el Sr. D. Miguel Hidalgo y su Compañero D. Ignacio Allende. Respuestas en 21 de Noviembre de 1813, y por tanto quedan abolidas estas, quedando siempre sujeto al parecer de S.A. Serenísima.
México
31 de Octubre de 1814.
"CONSTITUCIÓN DE APATZINGÁN"
22 DE OCTUBRE DE 1814
Casa donde fue firmada la Constitución de Apatzingán de 1814.
FRASES CELEBRES DE JOSÉ MARÍA MORELOS Y PAVÓN
"Que se eduque a los hijos del labrador
y del barrendero como a los del más rico hacendado."
"Soy siervo de la nación porque ésta
asume la más grande, legítima e inviolable de las soberanías."
"La soberanía dimana inmediatamente del
pueblo."
"Morir es nada cuando por la patria se
muere"
Consulta el siguiente enlace en Facebook sobre el Bicentenario de la Constitución de Apatzingán de 1814.
http://bicentenarioconstitucionapatzingan.org/2014/09/22/la-constitucion-de-apatzingan-un-documento-moderno-y-progresista-concluyen-los-historiadores-en-el-foro-academico-del-bicentenario/
Consulta el siguiente enlace en Facebook sobre el Bicentenario de la Constitución de Apatzingán de 1814.